La ley de protección de los derechos del niño ya rige en la provincia de Buenos Aires

La ley 13.298 de Promoción y Protección de los Derechos de los Niños había sido aprobada por unanimidad en la Legislatura bonaerense en diciembre de 2004 pero la Suprema Corte de Justicia de la provincia la suspendió, en febrero de 2005, por considerar que no estaba garantizado en aquel momento el funcionamiento de los organismos y recursos técnicos y materiales previstos en la norma. El pedido de suspensión de la ley lo había hecho la procuradora general María del Carmen Falbo.

El 28 de febrero pasado, dos años después, la Suprema Corte de Justicia levantó la suspensión, que había sido apelada por el gobierno bonaerense y cuestionada por organizaciones de infancia, lo que finalmente puso en vigencia la ley.

“Esto es un logro enorme para todos los chicos de la provincia de Buenos Aires. Con la entrada en vigencia de la ley cambia radicalmente la situación jurídica de la infancia en la provincia que ya debe poner en marcha los servicios y consejos locales en todos los municipios para implementar el Sistema de Promoción y Protección de Derechos, para lo que ya vienen recibiendo fondos desde el Gobierno provincial”, opinó Fabián Cacivio, del Foro por los Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud en la provincia, consultado por el Capítulo Infancia de la organización Periodismo Social.

La ley, basada en un proyecto del ex ministro de Desarrollo Humano de la provincia, Juan Pablo Cafiero, reconoce a todos los niños como sujetos de derechos, saca del ámbito del Poder Judicial los casos de niños o adolescentes con expedientes abiertos por causas asistenciales y crea un conjunto de organismos y servicios para formular, coordinar, ejecutar y controlar las políticas y programas destinados a promover, proteger y restablecer los derechos de los niños reconocidos en la Convención sobre los Derechos del Niño.

  • Situación penal*

La provincia de Buenos Aires promulgó el 18 de enero pasado la ley 13.634 que crea el Fuero de Responsabilidad Penal Juvenil y asegura a los chicos entre 16 y 18 años acusados de cometer delitos todos los derechos y garantías que tienen los adultos.

Además, establece que los adolescentes tienen derecho a no ser interrogados por autoridades policiales, militares o administrativas y a tener comunicación personal con los jueces; y que la privación de la libertad debe ser una medida de último recurso, por el período más breve posible y de cumplimiento en lugares separados de adultos.

La norma, que organiza el Poder Judicial, adecua la legislación provincial a la Convención sobre los Derechos del Niño y a tratados internacionales sobre administración de justicia para personas menores de 18 años.

Ver la ley 13.298 en la sección Legislación de este sitio

Fuente: Periodismo Social y Foro por los Derechos de la Niñez, la Adolescencia y la Juventud de la Provincia de Buenos Aires

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