Declaración Acción de Amparo del Casacidn en el caso Grassi – Diciembre de 2002

El Comité de Seguimiento y Aplicación de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en Argentina, con la firma de su Presidente Sra. Estela BARNES de CARLOTTO y el patrocinio letrado del Dr. Juan Pablo GALLEGO interpusieron hoy una Acción de Amparo contra “la omisión e incumplimiento por parte de la Comisión Nacional de Comunicaciones y el Comité Federal de Radiodifusión (COMFER) en virtud de la palmaria inactividad estatal frente a diversos actos que se han venido desarrollando en relación a menores de edad que están o estuvieron alojados en la Fundación “Felices los Niños” y frente a actos que en forma actual e inminente podrían comprometer y cercenar su derecho constitucional a la intimidad y afectan su salud física y mental, quedando éstos en total estado de indefensión”. En su presentación, la señora de CARLOTTO y el Dr. GALLEGO señalan que repetidamente se ha hecho claramente referencia en algunos medios de comunicación a elementos que podrían identificar a estas personas. Asimismo, destacan que a los mismos se les dirigieron imputaciones gravísimas tales como las de falso testimonio agravado y extorsión. Y destacan que a una de estas personas víctimas se la llegó a tratar de “discapacitado”, en una discriminación tan alarmante como inaceptable. Subraya el Comité en su presentación el cúmulo de graves violaciones que se han producido respecto a disposiciones de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño –que tiene rango constitucional en Argentina—y de cuyo cumplimiento es garante la Institución presentante, presidida por la Sra. de CARLOTTO. Destaca la presentación la jerarquía de Ley Suprema de la Nación de la Convención y la palmaria violación del derecho a la intimidad de los niños. Abunda en ejemplos doctrinarios y de legislación comparada y pide que “se disponga inmediatamente la prohibición de que se dé a publicidad, por cualquier medio periodístico todo dato que pueda conducir a revelar la identidad de personas que ya hubiesen declarado en la causa que se sigue al sacerdote Julio César GRASSI y, preventivamente, de cualquier menor que hubiera estado o está alojado o al cuidado del mismo y/o la Fundación “Felices los Niños”, corrigiéndose de esta manera la conducta omisiva del Estado…”. Destaca claramente, en fin, que no se trata en absoluto de restringir la libertad de prensa sino de evitar los daños que, de continuar la actual situación, pondrían aún más en peligro la integridad física y psíquica de todos los niños internados, potenciales testigos, que están sufriendo “un brutal ataque mediático, viendo vulnerados sus derechos y garantías constitucionales”. De evitar, en síntesis, la revictimización de las víctimas

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