Avanza un proyecto para bajar la mayoría de edad a 18 años

“La idea es adaptar la legislación nacional a los Tratados Internacionales a los que adhiere la Argentina y los países del Mercosur, donde la mayoría de edad es a los 18 años”, dijo a Clarín, Vilma Ibarra, diputada que preside la Comisión que trató el tema.

Allí, los legisladores trabajaron en base a tres proyectos: el que tiene media sanción en el Senado, del senador Rubén Giustiniani; el de los diputados Emilio García Méndez, Vilma Ibarra, Delia Bisutti, María América González, Nélida Belous, Oscar Massei, Verónica Benas, Alicia Comelli y Victoria Donda; y el que presentó el diputado Raúl Solanas. Como las tres iniciativas coinciden en los principales puntos del cambio que se busca, la Comisión comenzó a redactar un único proyecto.

“La Convención sobre los Derechos del Niño entiende por niño/a a todas las personas menores de 18 años. Según nuestra legislación actual, a partir de los 21 se considera adulto mayor, y la franja entre 18 y 21 es un niño/a adulto que tiene capacidad para determinadas acciones (tan importantes como votar o ir a la guerra) pero no puede casarse si no tiene la autorización de sus padres, y tampoco disponer de una herencia”, explica Ibarra.

Qué rige hoy y qué podría cambiar

Código Civil.
Mayoría de edad a los 21 años. A los 18, hoy se tiene capacidad para determinadas acciones. Según establecen las normas vigentes: votar, conducir vehículos, donar órganos y hasta armarse para defender a la Patria (artículo 21 de la Constitución Nacional).

Para casarse y salir del país se necesita autorización de los padres. Hasta los 21 tampoco puede ejercer la patria potestad de hijos extramatrimoniales.

No se puede disponer de una herencia. Para hacerlo, la persona debe esperar a cumplir los 21 años.

Nuevo proyecto

Mayoría de edad a los 18 años. A partir de esa edad, se tiene capacidad plena. Y hasta los 21 años se mantienen dos derechos: a la alimentación a cargo de sus padres y los beneficios de la seguridad social (obra social, entre otros).

Puede casarse y salir del país sin autorización de los padres. Y también puede ejercer la patria potestad de hijos extramatrimoniales.

Se puede disponer de una herencia recibida. También puede comprar o alquilar una propiedad, por ejemplo, sin necesidad de acreditar que lo hizo con dinero de su trabajo.

Fuente: Clarín – Sociedad (28/08/2009)

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