El CASACIDN denuncia las condenas a reclusión perpetua de niños y adolescentes

EL CASACIDN manifiesta su rechazo por los fallos judiciales a penas de reclusión perpetua para menores de edad. Esta práctica se ha visto reforzada ahora mediante la artimaña de aplicar tales penas cuando el menor llega a la mayoría de edad, prescindiendo del momento en que se cometió el delito.

El CASACIDN manifiesta su apoyo a cuantas iniciativas legislativas, políticas y jurídicas se tomen con el fin de detener esta situación aberrante, que denota una vez más el flagrante incumpliendo de la ley por parte de quienes se supone deben aplicarla. EL CASACIDN manifiesta su profundo asombro por el desconocimiento que parecen tener algunos jueces del marco constitucional y jurídico propio de un Estado de Derecho.

La Convención sobre los Derechos del Niño forma parte de nuestro derecho interno desde 1990, y desde 1994 tiene jerarquía constitucional, entre las obligaciones que impone este instrumento internacional al Estado, figuran la de adecuar su normativa e instituciones a sus postulados mínimos: la de considerar “niño” y por ende con una protección extra de derechos a todas las personas hasta los 18 años de edad. Entonces aplicar la sanción de privación de la libertad a las personas menores de edad debería ser una medida de último recurso y por el menor tiempo posible, por eso rechazamos y cuestionamos éstas condenas.

En un sistema de justicia penal democrático y acorde la Constitución Nacional y la Convención sobre los Derechos del Niño, la pena de reclusión perpetua para una persona de menor de 18 años carece de validez. Con excepción de Estados Unidos de América, que posee el sistema penal más brutal de la región para los menores de edad, incluyendo la pena de muerte, esta situación no reconoce ningún antecedente similar en América Latina, otros países de América del Norte ni Europa. La violación de los derechos humanos de la infancia merece el repudio institucional y adoptar las medidas necesarias para separar de la función judicial a quienes se han excedido ostensiblemente de sus atribuciones promulgando fallos contrarios al ordenamiento jurídico de la República.

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