La ley juvenil es un tema pendiente

Como en anteriores ocasiones, surge el pedido de un sistema de responsabilidad penal juvenil en el que se incluya un modelo especializado de atención para los adolescentes que hayan infringido la ley penal, diferenciado del sistema de justicia penal para adultos.

“En la Argentina todavía esto no funciona. A diferencia de países como Costa Rica o Uruguay que han tenido muy buenos resultados, acá no hay un sistema de estas características. Al sistema hay que plantearlo como una edad de responsabilidad penal que no es lo mismo que decir imputabilidad ya que el imputable es adulto”, explicó a La Prensa la diputada nacional Paola Spátola (Guardia Peronista).

En América Latina, la mayoría de los países cuentan con sistemas de responsabilidad penal juvenil que fueron instaurando a partir de la firma de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño en 1989. “A partir de ello cada país discutió y llevó a la practica un sistema especial de tratamiento de los chicos menores de edad en conflicto con la ley penal a partir del cual el chico pasa a tener derechos y obligaciones, algo que antes no tenían”, explicó la legisladora.

“Esto significa agregó que un chico en conflicto con la ley penal que comete un hecho ilícito tiene derecho a un juicio, a una defensa durante el enjuiciamiento, a un alegato y a un tribunal independiente pero también tiene la obligación de cumplir una condena”.

Pese a que la Argentina ratificó la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño y se le dio rango constitucional, aún no cambió el Régimen Penal de la Minoridad, un decreto dictado en 1980 que se apoya en la tutela del menor.

“Hoy lo que tenemos en la Argentina son chicos institucionalizados, que es distinto a lo que se hace en el resto de América Latina. Se los interna en institutos de menores pero no hay un sistema, no hay un juicio, no hay una parte acusatoria, una defensa, el menor no tiene la posibilidad de encontrarse con la víctima”.

VECINOS

En la región, Brasil tomó la delantera en el tema cuando en 1990 incluyó en su legislación al artículo 40 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño. Ahí se proponen garantías procesales y un modelo para los adolescentes que hayan infringido la ley penal, diferenciado del sistema de justicia penal para adultos.

Además, el Estatuto de la Niñez y la Adolescencia brasileño determinó la edad de imputabilidad de 18 años y conformó un sistema de justicia especial para los chicos menores de entre 12 y 17 años.

Similar disposición adoptaron los demás países en que la mayoría de edad está determinada a los 18 años. En Costa Rica, la edad desde que se considera que el adolescente tiene responsabilidad penal es a los 12 años; en Uruguay es a los 13; en Honduras, a los 12; en Venezuela es de 12 y en Paraguay de 14.

Por otra parte, con el fin de reintegrar a la sociedad a los adolescentes que hayan infringido la ley penal, la mayoría de los países limitaron a cierta cantidad de años la pena máxima de privación de libertad. Brasil sólo permite 3 años; Ecuador, 4; Guatemala y Uruguay, 5 años; El Salvador, 7 años; Honduras, 8; y Costa Rica, 15 años.

SANCIONES

Pese a que en este último país la cantidad de años puede hasta duplicar la de otros países y es considerada la más dura de toda América Latina, los especialistas en el tema de seguridad destacan que sus resultados han sido los más óptimos.

“Ante un hecho ilícito cometido por un adolescente las instituciones responden, es decir, hay un juicio, encuentran todas las garantías del debido proceso y se cumplen. En la Argentina no existen garantías del debido proceso porque no lo hay. Además allá las sanciones se cumplen y ejemplifica. Si no tengo una sanción que se cumpla, genero una sensación de impunidad que es lo que estamos viendo en nuestro país con respecto a los chicos”, enfatizó Spátola.

Con respecto a la necesidad de acordar para sacar en la Argentina una ley de estas características, la legisladora dijo que “en los puntos básicos estamos todos de acuerdo. Es uno de los pocos proyectos que está bastante consensuado pero siempre hay detalles sobre la edad a partir de la que los jóvenes pueden ser sometidos”.

Fuente: La Prensa – Actualidad (09-11-2009)

Dejar una respuesta