La Ley Penal Juvenil genera controversias en la Cámara baja

Por SABRINA SANTOPINTO

El proyecto de ley de responsabilidad penal juvenil recorre por estos días un camino incierto: la iniciativa que contó con un amplio acuerdo de los distintos bloques parlamentarios en el Senado, hoy atraviesa momentos álgidos en su paso por Diputados, tanto es así que consultado por Buenos Aires Económico, el diputado Claudio Lozano aseguró que en unos días su bloque Proyecto Sur presentará “una iniciativa basada en garantizar la reforma del sistema institucional, pero sin llegar a imputar a los chicos”. “Bajar la edad para poder darles derechos es una suerte de contrasentido y me parece un acto de hipocresía social. Ni baja de la edad, ni institucionalidad represiva”, sostiene el diputado.

Si bien cuando se trató en el Senado se atravesaba por un grave escenario en materia de conflictividad política, se logró aprobar el proyecto por unanimidad. “Se crea así un sistema de responsabilidad penal juvenil que viene a reemplazar la ley de la dictadura vigente en la actualidad que cumple ya 30 años, de los cuales 27 lo hace en democracia”, explica el abogado Emilio García Méndez, ex diputado e impulsor de uno de los proyectos.

Lo cierto es que dentro de los próximos 45 días, la iniciativa será debatida en la Comisión de Familia, Mujer, Niñez y Adolescencia, junto con un paquete de normas que incluye infanticidio, trata de personas y adopción, explica Eduardo Amadeo, diputado de Peronismo Federal, integrante de la comisión.

El ahora controvertido proyecto de ley establece una escala de sanciones alternativas para los adolescentes que cometen delitos, y sitúa la prisión como último recurso, en sintonía con lo estipulado por la Convención de los Derechos del Niño adoptada con rango constitucional.
“Hoy somos el único país que no cumple la convención. El proyecto que viene de Senado ha conseguido un consenso pleno por parte de todos los bloques partidarios y hay que aprobarlo cuanto antes dado que es el eje para que las personas menores de edad puedan acceder a un sistema procesal que contenga las mismas garantías que tienen los adultos”, explica la asesora general Tutelar, Laura Mussa.

El sistema que rige en la actualidad –mediante la ley 22.278– resuelve que para un joven menor de 16 años que comete un delito se ordena un tratamiento tutelar. “El juez puede disponer sobre la persona de este adolescente, es decir, cualquier niño puede estar encerrado porque presuntamente cometió algún delito, sin que exista ningún tipo de proceso, sin la participación de defensores, ni fiscal, ni una sentencia que defina si el hecho que se le imputa es o no un delito”, explica Mussa y hace hincapié en la criminalización de la pobreza existente.

Por su parte, según lo estipula el proyecto, los chicos podrían ser juzgados a partir de los 14 años, mediante la aplicación de un sistema de responsabilidad penal juvenil que lleva a que si un joven delinque, este acto no quede en manos de las fuerzas policiales o de asistentes sociales, sino que se brindarán todas las garantías constitucionales que hoy tienen los adultos. La iniciativa también prohíbe el alojamiento de los menores en dependencias policiales, penitenciarias o de fuerzas de seguridad y ordena que los chicos sean alojados en dependencias específicas con personal capacitado.

PENAS. Otro de los puntos de relevancia que se impulsa es el establecimiento de medios alternativos para la resolución de conflictos, y se detalla que “el encarcelamiento o la prisión del niño se llevará a cabo tan sólo como medida de último recurso”.

Según explica Méndez, la ley vigente desde la época de la dictadura mantiene 12 sentencias de reclusión perpetua de menores. Mediante el nuevo proyecto se propone entonces un sistema de responsabilidad penal juvenil especializado para la franja de 14 a 18 años, en el que se establezcan todas las garantías del debido proceso.

La nueva legislación que se plantea no implica bajar la edad de imputabilidad sino que establece penas que estipulan 3 años de reclusión para la franja que va de los 14 a los 15 años de edad, 5 años para los chicos de 16 a 17, y de 8 en caso de que se produzca un concurso real de delitos. “La privación de la libertad sólo se puede establecer para una serie de delitos graves que están taxativamente estipulados en la ley como homicidio doloso, secuestro extorsivo, acceso carnal violento y robo con violencia”, define Méndez, y hace hincapié en que se busca “evitar la tendencia de los jueces de aplicar la privación de la libertad como forma reforzada de política social para los pobres”.

“El mayor consenso refiere al régimen especial intermedio de juicio y de penas adecuado a los jóvenes, para que se deje a un lado el concepto de que un chico delinque y se lo manda de vuelta a casa, o la contraparte, que es enviarlo a la cárcel como piden los sectores más duros”, explica Amadeo.

Por su parte, Claudio Lozano de Proyecto Sur, disiente con la norma y sostiene que “el Estado tiene una responsabilidad en el marco del tipo de instituciones que debieran garantizar los derechos de la niñez, y no ser reformatorios represivos”.

Los diputados se preparan entonces para tratar una ley polémica, con ciertas resistencias que hablan de décadas de debate que traen consigo la prevalencia de una ley que rige desde tiempos dictatoriales y que busca ser reemplazada por la implementación de políticas de Estado, en las que prevalezca la defensa de los derechos de la niñez.

Fuente: BAE (22/07/2010)

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