Aprobó el Senado un régimen penal para menores de edad

El Senado aprobó ayer (08/07), en general, un proyecto de ley para establecer un Régimen Penal Juvenil que permita juzgar a personas menores de 18 años y mayores de 14 que hayan cometido un delito. Se trata de un proyecto consensuado, que unifica iniciativas de distintos bloques y apunta a garantizar el derecho de los jóvenes a ser juzgados con todas las garantías y a ser sancionados con una escala penal diferente de la que rige para los adultos. Hasta ahora, los jóvenes de 14 a 16 años en conflicto con la ley podían ser privados de la libertad, aunque sin ser sometidos a juicio.

La norma todavía no tiene media sanción, porque fue aprobada en general; todavía falta la discusión artículo por artículo, que se realizará en la próxima sesión de la Cámara alta, que podría ser a principios de agosto. Una vez que la iniciativa obtenga su sanción en particular pasará a la Cámara de Diputados para que se convierta en ley. El tratamiento de los proyectos estaba frenado desde hace tiempo, hasta que se produjo el crimen de Daniel Capristo, en Valentín Alsina, por el que fue detenido un adolescente.

La iniciativa establece el criterio de que la privación de la libertad de las personas menores de 18 años infractoras a la ley penal es “la excepción y el último recurso”. También dispone que “se privilegiará la permanencia de la persona menor de dieciocho años dentro de su grupo familiar” y que “en caso de no existir éste, deberá darse intervención a los órganos administrativos de protección de derechos del niño, niña y adolescente”.

A diferencia de las penas que se aplican a los adultos, los jueces podrán aplicar como sanciones una escala que incluye, de menor a mayor, disculpas personales ante la víctima; reparar el daño causado; prestación de servicios a la comunidad; órdenes de supervisión y orientación; inhabilitación; privación de libertad durante el fin de semana o tiempo libre; privación de libertad en domicilio; o privación de libertad en centro especializado.

De acuerdo con el proyecto aprobado, la responsabilidad penal alcanza a los jóvenes de 14 o 15 años que cometan un delito con pena mínima de tres años de prisión o reclusión y a los jóvenes de 16 o 17 años que participen en la comisión de un delito con pena mínima de dos años. Es decir que no serán juzgadas las faltas de menor cuantía.

El proyecto enfatiza además que “los centros especializados para el cumplimiento de la pena privativa de libertad deben contar con un grupo interdisciplinario de profesionales especializados, adecuadas medidas de seguridad y espacios acondicionados que permitan la recepción de visitas”. “La dirección de estos centros será desempeñada por personal especializado y capacitado. En ningún caso podrá estar a cargo de personal policial, penitenciario o de las fuerzas de seguridad”, indica la iniciativa.

La senadora justicialista Sonia Escudero, que es coautora junto con María Cristina Perceval de una de las iniciativas consensuadas, explicó que la edad de corte para las sanciones son los 14 años porque “entre los 12 y los 14 años se produce una maduración que les permite conocer la criminalidad del acto que cometen, pero además dirigir su voluntad hacia ese acto que saben que es malo”.

Por su parte, el senador radical Gerardo Morales aclaró que “este proyecto no tiene como objetivo bajar la edad de imputabilidad, sino introducir un nuevo sistema penal y adecuarlo a los chicos que están en proceso de desarrollo”.

Fuente: Página 12 – Sociedad (09/07/2009)

Dejar una respuesta