Sancionan el primer régimen penal para chicos en conflicto con la ley

Por Eduardo Videla

“Es un Código con todas las características de celeridad, oralidad y garantías que tiene el Código Procesal Penal para mayores (sancionado en marzo de este año), pero con un tratamiento especial que garantiza los derechos de los menores, tanto los que delinquen como los que son víctimas”, dijo a Página/12 la diputada Ivana Centanaro (Frente para la Victoria), titular de la Comisión de Justicia de la Legislatura y una de las impulsoras del consenso que permitió aprobar el proyecto.

¿Qué cambia a partir de ahora para los chicos de 16 a 18 años imputados en una causa penal? En principio, serán sometidos a un proceso oral, cosa que hoy no ocurre, y ya no deberán esperar hasta los 18 años para cumplir la pena, en caso de ser condenados. Por otra parte, el fiscal, el defensor y el asesor tutelar tendrán más atribuciones.

“Este régimen asegura un tratamiento especial, considerando a los jóvenes como personas en formación que requieren medidas socioeducativas para fomentar el sentido de responsabilidad y la integración familiar y social”, definió Inés Urdapilleta, presidenta de la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud, que junto a la de Justicia y de Asuntos Constitucionales emitió el dictamen que se aprobó anoche. Según la legisladora, en la ciudad hay 370 chicos de esa franja de edad institucionalizados en correccionales, por disposición de la Justicia penal, de acuerdo con datos del Consejo de Niñas, Niños y Adolescentes.

El régimen también contempla “vías alternativas de resolución de los conflictos”, es decir, otras opciones a la condena en juicio. Una de ellas es la mediación (que no se aplica a delitos graves, como los que atentan contra la vida y la integridad sexual, sino a conflictos de familia o vecindad, o que afecten el patrimonio) en la que el acusado puede ponerse de acuerdo con la víctima, con la ayuda de un mediador o facilitador, en una reparación del daño causado. La otra posibilidad es la remisión, en la que el acusado puede aceptar incorporarse a un programa comunitario, “con el apoyo de su familia y bajo el control de la institución que los realice”.

Todo esto, por ahora, es casi todo teoría, ya que la ciudad tiene actualmente competencia penal sobre dos figuras del Código: la tenencia de armas y la portación de armas. “Por esos delitos hay muy pocos jóvenes procesados”, dijo Centanaro a este diario. Pero con la sanción del Código, en realidad, la ciudad se prepara para la futuras transferencias de competencias: en junio de 2004, el presidente Néstor Kirchner y el entonces jefe de Gobierno Aníbal Ibarra acordaron traspasarse de la Justicia nacional a la porteña el tratamiento judicial de diez delitos considerados leves: lesiones en riña, abandono de personas, omisión de auxilio, exhibiciones obscenas, matrimonios ilegales, amenazas, violación de domicilio, usurpación, daños y ejercicio ilegal de la medicina. Ese acuerdo fue ratificado por la Legislatura porteña, pero aún falta la aprobación del Congreso nacional. Para más adelante quedarán los delitos más graves.

Las garantías también alcanzan a las víctimas y a los testigos: la norma dispone que estos chicos no presten declaración ante funcionarios judiciales sino ante psicólogos, en una cámara Gessel.

El nuevo régimen procesal juvenil también prevé la creación de un fuero específico, integrados por jueces, fiscales y defensores oficiales en lo penal juvenil, más la intervención de un asesor tutelar. “El próximo paso que debe dar la Legislatura es la creación de este fuero”, destacó Centanaro. Una cláusula transitoria establece que los casos actuales deben ser tratados por los jueces contravencionales y de Faltas. En una tercera etapa, la ciudad debe definir la habilitación de unidades penales.

Durante el debate, anoche, en la Legislatura, hubo propuestas para modificar el texto consensuado, por ejemplo, la formulada por la diputada Ana María Suppa, que propuso excluir de los casos de mediación los de “violencia familiar o maltrato en perjuicio de mujeres, niños o personas mayores”. Ese es uno de los capítulos que quedó pendiente para tratar en la próxima sesión. El otro es el que establece las condiciones de la prisión preventiva de los menores imputados.

Fuente: Página/12 – Sociedad (07/09/2007)

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